
“Puedes durar 20 años”: abogada afirma que las amantes no tienen derecho a bienes
AGENDA56, SANTO DOMINGO.- La abogada Ana Nolasco de la Rosa aclaró que, desde el punto de vista legal, las relaciones extramatrimoniales no generan derechos patrimoniales, independientemente del tiempo que duren.
Explicó que la única forma de generar derechos patrimoniales en una relación no formal es que ambas personas sean solteras, convivan públicamente como marido y mujer y cumplan con todos los requisitos del concubinato.
“Cuando inicias una relación con una persona que está legalmente casada, no importa si duraste 10 o 20 años con esa persona, tú no generas derechos. O sea, la segunda base no tiene derechos, tú no tienes nada, tú vas a ser dueña de lo que está a tu nombre”, manifestó.
Durante una entrevista concedida en el programa “El Nuevo Diario AM”, que transmite la plataforma digital El Nuevo Diario TV, Nolasco de la Rosa indicó que la segunda pareja únicamente tiene derecho sobre los bienes que estén a su nombre, siempre que se demuestre la procedencia legítima de los mismos, ya que algunas transacciones pueden ser anuladas si se comprueba que constituyen una distracción de bienes del patrimonio matrimonial.
Precisó que dentro del matrimonio el patrimonio se divide en partes iguales entre los cónyuges, y cualquier decisión legal sobre los bienes solo afecta el 50 % correspondiente a quien la realiza.
Sin embargo, indicó que cuando hay hijos en el matrimonio, se aplica la figura de la reserva hereditaria, que impide disponer libremente de ese 50% que le corresponde mediante testamento.
En ese contexto, la jurista advirtió que la disposición de bienes sin el consentimiento del otro cónyuge carece de validez sobre la parte que no le corresponde y puede ser anulada.
Llevarse los “trastes” al separarse es ilegal
Durante la entrevista, la abogada subrayó que la práctica, común en la República Dominicana, de llevarse los enseres del hogar tras una separación en una relación de concubinato es ilegal y puede provocar la pérdida de los derechos adquiridos.
“Imagínese que lo único que tienen son unos muebles dentro del apartamento y la esposa se los llevó; está distrayendo los bienes. Si ese señor la demanda en partición y prueba que ella distrajo los bienes del matrimonio; la ley dice que pierdes la parte que te corresponde”, expresó.





