
¡Nuevo requisito para viajar a EE. UU.! Pasajeros deberán firmar declaración sanitaria antes de abordar
ESTADOS UNIDOS.- Estados Unidos exigirá a todas las personas que viajen por vía aérea hacia su territorio desde el extranjero firmar una declaración en la que certifiquen que no han estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al viaje, como medida para reducir el riesgo de propagación del ébola.
La disposición entrará en vigor el martes 3 de noviembre de 2026, a las 11:59 de la noche, hora estándar del este de Estados Unidos, y se aplicará a los vuelos que salgan hacia ese país a partir de ese momento.
La medida fue establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), mediante una orden emitida el 22 de octubre y actualizada el 28 de octubre.
La declaración, conocida en inglés como attestation, es un documento firmado en el que el viajero confirma que la información suministrada es verdadera. La medida responde a razones de salud pública y toma en cuenta que el período de incubación del ébola puede alcanzar los 21 días.
¿A quiénes se aplicará el nuevo requisito?
La disposición abarca a todas las personas que aborden vuelos internacionales con destino a Estados Unidos, sin importar su nacionalidad o estatus migratorio.
Entre los viajeros incluidos figuran ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes con tarjeta de residencia (Green Card), extranjeros que ingresen al país y pasajeros que utilicen Estados Unidos como punto de conexión hacia otro destino.
El requisito también comprende vuelos comerciales, aeronaves privadas y otras operaciones de aviación, incluidos los vuelos procedentes de aeropuertos extranjeros que cuentan con controles migratorios estadounidenses antes del embarque.
¿Cómo deberán presentar la declaración?
Los pasajeros deberán completar y firmar el documento en formato físico o digital antes de abordar el avión. Las aerolíneas y los operadores aéreos serán responsables de verificar que cada persona haya presentado la declaración correspondiente.
Quienes no cumplan con este requisito no podrán abordar el vuelo con destino a Estados Unidos, salvo que cuenten con una exención autorizada por el Gobierno estadounidense.
Las compañías aéreas también deberán conservar una copia de cada declaración durante al menos 42 días después de la llegada del vuelo y entregarla a las autoridades federales cuando sea solicitada.
¿Qué ocurre con los menores de edad?
Los menores de 18 años no tendrán que completar necesariamente el trámite por cuenta propia. Un padre, una madre, un tutor u otro representante autorizado podrá firmar la declaración en su nombre.
Esta disposición también contempla a las personas que, por razones de edad, discapacidad u otras limitaciones, no puedan completar el documento por sí mismas. En esos casos, un representante autorizado podrá realizar el procedimiento.
¿Habrá sanciones por suministrar información falsa?
Las personas que proporcionen deliberadamente información falsa o engañosa en la declaración podrían enfrentar acciones judiciales, multas y otras sanciones penales, conforme a la legislación federal estadounidense.
La orden contempla excepciones específicas, entre ellas determinados traslados médicos de personas con ébola autorizados por el Gobierno y los casos en que las autoridades concedan una exención por razones humanitarias u otras consideraciones gubernamentales importantes.
La disposición se aplica al transporte aéreo y no a los cruces fronterizos terrestres ni a las llegadas por vía marítima. Los viajeros deben consultar con su aerolínea cómo se realizará la presentación de la declaración antes del embarque.





