
Envían a juicio a teniente coronel del Ejército acusado de matar a su pareja en el Mirador Sur
AGENDA56, SANTO DOMINGO.- El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de apertura a juicio contra el teniente coronel del Ejército Samuel Elías Céspedes Valdez, acusado por la muerte de la joven Licairis Yalibes Díaz Valenzuela, ocurrida el pasado 25 de enero en el parque Mirador Sur.
El Ministerio Público acusa a Céspedes Valdez de provocar la muerte de Díaz Valenzuela, con quien mantenía una relación sentimental, durante una discusión en la que habría utilizado un arma de fuego.
Por este caso, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional le impuso tres meses de prisión preventiva el pasado 28 de enero, medida solicitada por el Ministerio Público. El juez Rigoberto Sena dispuso que el imputado cumpliera la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.
Según la acusación, agentes policiales acudieron al Mirador Sur tras recibir una alerta y encontraron a la joven sin vida. Un médico legista del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) realizó el levantamiento del cadáver y certificó que la causa de muerte fue una herida provocada por un proyectil de arma de fuego.
El expediente sostiene que la trayectoria del proyectil es incompatible con un hecho accidental, como habría alegado inicialmente el imputado. A partir de las evidencias recopiladas durante la investigación, el Ministerio Público sostiene que se trató de un homicidio voluntario.
Estos elementos fueron valorados por el juez Deiby Antonio Timoteo, quien acogió la solicitud del órgano persecutor y ordenó que el imputado enfrente un juicio de fondo.
Durante la investigación, el arma de fuego utilizada en el hecho fue entregada voluntariamente y quedó bajo custodia de las autoridades.
La acusación fue presentada por el Ministerio Público, representado por la procuradora general de Corte de Apelación del Distrito Nacional, Santa Matilde Reyes Valenzuela, y mantiene la calificación jurídica de homicidio voluntario, en violación de los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano.





