
Condenan a cinco años de prisión a Elizabeth Silverio por ejercer medicina ilegal
SANTO DOMINGO.- La Novena Sala Penal del Distrito Nacional condenó este martes a Elizabeth Silverio a cinco años de prisión, tras ser hallada culpable por segunda vez de usurpar funciones en el área de la salud mediante, el Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Knowledge Land (Kogland).
La jueza Milagros Ramírez dispuso que la condenada cumpla la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, además del pago de una indemnización económica de dos millones de pesos para cada víctima.
En octubre de 2024, el Tercer Tribunal Colegiado de esa misma jurisdicción también sentenció a Silverio a siete años de prisión, tras comprobarse la falsificación de títulos académicos que le permitieron impartir clases a niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el referido centro.
En esa ocasión, el tribunal integrado por las juezas Arlín Ventura Jiménez, Leticia Martínez y Evelyn Rodríguez ordenó, además, el pago de una multa de dos millones de pesos a favor de cada víctima por daños y perjuicios.
Posteriormente, Silverio interpuso un recurso de apelación a través de su abogado Waldo Paulino, en la que la Corte de Apelación ordenó la celebración de un nuevo juicio. Este proceso concluyó con la ratificación de la condena de siete años de prisión.
El Ministerio Público sustentó en su expediente acusador que Elizabeth Silverio engañó y estafó a los padres, haciéndoles creer que era profesional de la salud, mediante el uso de documentos falsos, con los que ofrecía atenciones psicoterapéuticas, consultaba, evaluaba, medicaba y realizaba informes con recomendaciones para aplicar psicoterapias, rubricando y sellando con un sello gomígrafo que contenía un exequátur falso e inexistente.
Ejerció la medicina entre enero de 2021 y junio de 2023 sin tener la acreditación como médica en esa rama, al no haber estudiado ni recibido formación académica al respecto. Esto constituye una violación a los artículos 147, 148 y 405 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 92, 93 y 157, numeral 7, de la Ley 42-01, además del artículo 62 de la Ley 66-97, Ley General de Educación.
También se violaron los artículos 13 y 396 de la Ley 136-03 sobre la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.





