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«Chiperos» podrían enfrentar condenas más altas con el nuevo Código Penal

AGENDA56, SANTO DOMINGO.- La entrada en vigencia este lunes 3 de agosto del nuevo Código Penal introduce una modificación que podría tener consecuencias directas en los casos de delincuencia organizada vinculados a fraudes electrónicos, clonación de tarjetas y otras modalidades de delitos de alta tecnología.

Aunque el nuevo Código Penal no incorpora directamente la clonación de tarjetas ni el fraude electrónico como nuevas infracciones, debido a que estas conductas ya están reguladas por la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, sí establece una figura que podría aumentar la pena cuando estos delitos sean cometidos por varias personas: la asociación de malhechores.

El abogado Jean Cristofer Pérez explicó que anteriormente la asociación de malhechores no constituía una infracción con una pena propia, sino que era utilizada para vincular a varias personas como autores o coautores de un hecho delictivo.

Con el nuevo Código Penal, sin embargo, la asociación de malhechores pasa a ser una infracción autónoma, con una pena de 2 a 3 años de prisión, de acuerdo con la explicación ofrecida por Pérez.

¿Qué significa para los llamados “chiperos”?

Pérez explicó que en delitos de alta tecnología, como la clonación de tarjetas y otras modalidades de fraude electrónico, es frecuente que intervengan varias personas con diferentes funciones dentro de la operación.

En esos casos, además de las penas establecidas por la Ley 53-07 para los delitos tecnológicos, podría agregarse la sanción correspondiente a la asociación de malhechores y cualquier otra infracción que se compruebe durante el proceso.

“En la realización de delitos de alta tecnología como la clonación de tarjetas, casi siempre se da el tema de asociación de malhechores”, explicó el jurista a N Digital.

La Ley 53-07 contempla diversas conductas relacionadas con este tipo de criminalidad, entre ellas la violación de códigos de acceso, clonación de dispositivos de acceso, acceso ilícito y utilización de datos obtenidos mediante acceso ilícito, así como acciones dirigidas a obtener beneficios económicos mediante el uso no autorizado de sistemas y dispositivos electrónicos.

Estas infracciones pueden conllevar penas de entre 1 y 10 años de prisión, dependiendo del delito cometido y de las circunstancias del caso.

La novedad está en el concurso de infracciones

El abogado señaló que el principal cambio introducido por el nuevo Código Penal no está en la creación de una nueva pena para la clonación de tarjetas, sino en la posibilidad de que la asociación de malhechores concurra con el delito de alta tecnología.

Esto significa que una persona acusada de participar en una estructura dedicada a la clonación de tarjetas o al fraude electrónico podría enfrentar, además de la pena correspondiente al delito tecnológico, la sanción propia de la asociación de malhechores si se cumplen los elementos establecidos por la ley.

A esto podrían agregarse otras infracciones que sean demostradas en el mismo hecho, lo que puede provocar que la pena resultante del concurso de delitos supere los 10 años de prisión, dependiendo de las infracciones acreditadas y de las reglas de aplicación de las penas.

“Ya no solo se estaría hablando de un delito de alta tecnología que conlleve de 1 a 10 años de prisión, sino que se le sumaría también la pena de asociación de malhechores y cualquier otro delito que también se pueda probar conjuntamente con ese hecho”, explicó Pérez.

El Código Penal no sustituye la Ley de Alta Tecnología

Pérez enfatizó que el nuevo Código Penal no sustituye las disposiciones de la Ley 53-07 en materia de delitos tecnológicos. Las conductas relacionadas con la clonación de tarjetas, accesos ilícitos, manipulación de sistemas y utilización fraudulenta de información electrónica continúan siendo reguladas por la legislación especial de alta tecnología.

La novedad radica en que, bajo el nuevo Código Penal, la asociación de malhechores adquiere pena propia, lo que abre la posibilidad de que esta infracción sea perseguida conjuntamente con los delitos tecnológicos cuando corresponda.

De esta manera, el impacto del nuevo Código Penal sobre los llamados “chiperos” no se traduce en una nueva pena específica por clonar tarjetas, sino en la posibilidad de acumular la sanción por asociación de malhechores con las penas previstas para los delitos de alta tecnología y otras infracciones que puedan concurrir en el caso.

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