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Reparten 112 años de prisión a implicados asesinato cabo PN durante asalto en Villa Mella

Por Julio Benzant.

AGENDA56, SANTO DOMINGO.– Luego de destruida la presunción de inocencia y demostrada la responsabilidad penal por el fiscal Jonathan Elías Pérez Furcal, un tribunal de esta jurisdicción, impuso condenas de 40, 30, 20, 12 y 10 años de prisión a cinco implicados en el asesinato durante un atraco de un cabo de la Policía Nacional, en un suceso ocurrido en una banca deportiva en el sector El Edén en Villa Mella, Santo Domingo Norte.

 

La condena de 40 años de prisión le fue impuesta a Eudy Encarnación Alexis (Mampula), de 27 años de edad, domiciliado en la calle 13 número 24, en Villa Mella.

En tanto, a 30 años de reclusión mayor, fue condenado Estarlin Mayi Núñez (Papurrito), de 24 años de edad, mientras que a 20 años de prisión fue condenado Carlos Alfredo Brito Amancio (Carlito), de 25 años.

Los imputados Joan Manuel Taveras Cepeda (Ñoño) y María Magdalena Cabral Mota (Diana), fueron condenados a 12 y 10 años de prisión, respectivamente.

Los cinco fueron encontrados culpables en el asesinato del cabo de la Policía Nacional José Miguel Batista, de 26 años, quien en su tiempo libre se desempeñaba como mensajero de un consorcio de bancas de apuestas.

Las condenas fueron impuestas por el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

El suceso ocurrió pasadas la una de la tarde del 24 de marzo del 2017, en la banca Virgilio Sport, ubicada en la avenida Hermanas Mirabal, frente a la entrada de Radiante Santo Domingo Norte, en el municipio del mismo nombre.

Allí, la ahora condenada a 10 años, María Magdalena Cabral Mota (a) Diana, quien se desempeñaba como vendedora en el negocio, llamó por teléfono e informó a los demás malhechores de la llegada del ahora occiso, cabo José Miguel Batista, quien se disponía a trasladar el dinero reunido en la banca de apuesta.

Los cuatro hombres, ahora condenados, llegaron con armas de fuego en dos motocicletas, todos con cascos protectores entintados en sus cabezas y interceptaron al mensajero, para despojarlo de la mochila donde llevaba el dinero.

Inmediatamente, sin mediar palabras, el condenado a 40 años, Encarnación Alexis (a) Mampula, la emprendió a tiros contra el cabo policial, provocando herida en la parte lateral del cuello y salida por el maxilar derecho, y en la región dorsal derecha con salida en la parte superior del tórax, que pocos minutos después, le causaron la muerte.

El cabo de policía, herido en el pavimento, repelió la agresión con su arma de reglamento, logrando impactar de balas a los alías “Papurrito” y “Ñoño”, los cuales, luego de curados, fueron arrestado en un hospital y convirtiéndose en piezas claves para dar con los demás malhechores.

Luego de la persecución policial, tres días después del suceso, el ahora condenado a 40 años de prisión, Encarnación Alexis (Manpula), se entregó las autoridades a través de un medio de comunicación, siendo arrestado mediante la Orden de Judicial de Arresto número 7233-ME-2017.

Posteriormente, fue capturado de Carlos Alfredo Brito Amancio (Carlitos).

Al grupo, le fue impuesta medidas de coerción de prisión preventiva y enviado posteriormente a Juicio de Fondo, por un juez de la instrucción.

Los cuatro hombres condenados, tenían una denuncia interpuesta por un mensajero en noviembre del 2016, a quien en el sector Villa Mella, a punta de revólver interceptaron y despojaron de la suma de 53 mil pesos en efectivo, así como de una cartera con sus documentos personales, según los informes.

En el juicio de fondo, el imputado Joan Manuel Taveras Cepeda (a) Ñoño, realizó una defensa positiva, a cambio de la fiscalía solicitarle la imposición de 12 años de prisión.

La imputada María Magdalena Cabral Mota (a) Diana, habría hecho un acuerdo con el Ministerio Público, para ser condenada a cinco años, pero el tribunal rechazó el mismo e impuso una condena de diez años, por el gran vinculo de responsabilidad de la encartada en el crimen.

Las imposiciones de las penas, fueron de acuerdo a los niveles de participación en el crimen de cada uno de los imputados.

El párrafo II del Artículo 66 de la referida Ley establece lo siguiente:
“Cualquier persona física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de privación de libertad”.

Los letrados Karina Alexandra Mateo, Daribel Nolasco Mora y David Santos Meran, abogados actores civiles, lograron que el tribunal impusiera a los condenados el pago de una indemnización de tres millones de pesos a favor de los familiares del hoy occiso.

La cuatro hombre condenados de deberán cumplir las penas impuesta en la cárcel de La Victoria y la mujer, en el centro de corrección Najayo-mujeres, en la provincia San Cristóbal.

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