Consecuencias de Casarse con Visa de Paseo en EE. UU.

Muchos dominicanos(as) portadores de una Visa de Turista hacia los EE.UU. (Visa B1/B2) y que tienen una pareja en ese país del norte, con frecuencia deciden viajar a dicho país, contraer matrimonio con su pareja allá, quedarse y luego aplicar para un ajuste de estatus. Así no tienen la necesidad de venir a Rep. Dom. y quedarse con su pareja ya definitivamente.

Sin embargo, a partir del 1 de Setiembre del 2017, el Departamento de Estado (DOS) de los EE.UU. sustituyó la antigua regla de los 30/60 días, por la que ahora se denomina la Regla de los 90 días, según la cual “si una persona extranjera viola o realiza actividades que son inconsistentes con la visa solicitada dentro de los 90 días de entrar a los EE.UU., los funcionarios consulares pueden presumir que lo dicho por el extranjero es una “tergiversación deliberada” de los hechos sustanciales para obtener la visa solicitada, es decir que el extranjero cometió “fraude” o “mintió intencionalmente” al momento de solicitar una visa.

 En otras palabras, si dentro de los 90 días de entrar a los EE.UU. con una visa de turista, la persona hace algo que no ha manifestado en la entrevista de la visa, (como casarse con un ciudadano estadounidense, estudiar inglés, registrarse en la escuela o trabajar así sea de manera temporal), el Departamento de Estado presumirá que usted ha violado o abusado de la visa otorgada. Y, en consecuencia, pondría en riesgo la renovación de su visa, la obtención de una nueva o el cambio de estatus migratorio. Y, por el contrario, de encontrarse en los EE.UU., este extranjero podría ser materia de deportación.

Si por el contrario, el extranjero incurre en una conducta inconsistente con su condición de no inmigrante más de 90 días después de la entrada a los Estados Unidos, no hay presunción de tergiversación deliberada, aunque los funcionarios consulares de los EE. UU. pueden aún tratar de revocar la visa si hay «una creencia razonable que el extranjero tergiversó su propósito de viaje al momento de la solicitud de visa o solicitud de admisión «.

Sin embargo, tenga en cuenta que es solo una PRESUNCIÓN y que el cónsul revisara cada caso en particular. Usted siempre tendrá el derecho de desafiar la negación de la visa en estas circunstancias.

En vista de esta nueva regulación y del endurecimiento que están sufriendo las normas migratorias en EE.UU., no se recomienda seguir con la práctica de visitar este país como turista y casarse allá para ajustar estatus. Lo ideal es seguir las vías adecuadas, que son: Aplicar para una Visa de Novios (Visa K) o una Petición Familiar de esposos.

  • Si la pareja no ha contraído matrimonio, el ciudadano americano puede solicitar una Visa de Novios (Visa K1)
  • Si la pareja contrae matrimonio en Estados unidos, el extranjero debe salir del país y el ciudadano o residente americano podrá solicitar una visa K-3.-

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